Ayer martes a la hora 13:00 fueron conducidos a Juzgado Letrado de Rosario las 13 personas que se encontraban detenidas en los allanamientos de la operación Murmullo IV, donde se dictó sentencia.
Se condenó a D.O.C.D., M.A.A.F., C.D.G.F., F.M.R.C., L.A.B.L. y C.F.S.N. por la comisión en calidad de autores responsables de un delito de suministro de sustancia estupefaciente a las penas de dos años de penitenciaría de cumplimiento efectivo, todos con descuento de la preventiva sufrida.
También se condenó a C.A.C.L. por la comisión en calidad de autor responsable de un delito de asistencia al suministro de sustancia estupefaciente a la pena de 18 meses de prisión de cumplimiento efectivo en régimen de libertad a prueba .
A J.P.L.S. por la comisión en calidad de autor responsable de un delito de suministro de sustancia estupefaciente a la pena de dos años y dos meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo con descuento de la preventiva sufrida.
A A.M.B.K. por la comisión en calidad de autor responsable de un delito de suministro de sustancia estupefaciente en reiteración real con un delito de receptación, a la pena de dos años y cuatro meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo con descuento de la preventiva sufrida.
A A.F.P.V. por la comisión en calidad de autor responsable de un delito de suministro de sustancia estupefaciente en reiteración real con un delito de trafico interno de armas y/o municiones a la pena de dos años y dos meses de penitenciaria de cumplimiento efectivo con descuento de la preventiva sufrida.
A F.M.B.L. por la comisión en calidad de autor responsable de un delito de receptación especialmente agravado a la pena de 10 meses de prisión en régimen de libertad a prueba.
A M.S.S.S. por la comisión en calidad de autor de un delito de suministro de sustancia estupefaciente en reiteración real con un delito de tráfico interno de armas y/o municiones a la pena de dos años y seis meses de penitenciaria de cumplimiento efectivo con descuento de la preventiva sufrida.
Por último al formalizado D.E.B.R., se le impuso medida cautelar por el plazo de 120 días, donde debe: fijar domicilio y no modificarlo sin dar conocimiento al tribunal y la prohibición de salir del territorio Nacional.
Las personas formalizadas y condenadas fueron trasladadas a Cárcel central.
